o Conceptos sobre la legislación aplicable a la Vigilancia y Seguridad Privada. historia y evolución, “Superintendencia de Vigilancia, Código Nacional de Policía, Normas Laborales, decreto 2535 de 1993, Nociones de Derecho Penal.”
o Relaciones con las Autoridades “Decreto 3222 del 2002, grados y distintivos de la Fuerza Publica.”
o Humanidades “Relaciones Humanas, Ética, Calidad del servicio y atención al cliente, Modelos de Comunicación, Toma de decisiones.
o Derechos Humanos.
o Urbanidad
o Introducción a la vigilancia y seguridad Privada “Servicio de Vigilancia, Factores de Inseguridad, Antecedentes de seguridad, Metodología para la recolección básica de la información.
o Conocimiento de armas de fuego, Ejercicio practica de tiro (polígono) y medidas de seguridad
prosinlimitada
ESCUELA DE CAPACITACION EN SEGURIDAD PRIVADA, PROSIN LIMITADA
SOMOS LIDERES EN CAPACITACION EN VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA CON MAS DE 10 AÑOS EN EL MUNDO DE LA SEGURIDAD EN COLOMBIA.
OPERADOR DE MEDIOS TECNOLOGICOS
OPERADOR DE MEDIOS TECNOLOGICOS
OBJETIVO GENERAL PARA LOS OPERADORES DE SISTEMAS
ELECTRONICOS
Capacitar técnicamente al personal responsable de la operación de sistemas electrónicos de seguridad para que puedan desempeñarse de manera eficiente en la administración compleja de dichos sistemas de seguridad.
A QUIEN ESTA DIRIGIDO
A personal de Seguridad responsable de la operación y monitoreo de sistemas electrónicos de Seguridad en consolas, cuartos de mando y control aéreas de operaciones, centrales de monitoreo y comunicación, etc.
Las empresas que tengan departamento de seguridad autorizada, deberán contar con instalaciones adecuadas que brinden protección a las armas, municiones medios de comunicación equipos de seguridad que posean.
Serán objeto de inspección y control por parte de la superintendencia de vigilancia y seguridad privada los siguientes equipos:
* Equipos de detección.
* Equipos de visión o escucha remotos.
* Equipos de detección, identificación interferencia y escucha de comunicaciones.
* Equipos de seguridad bancaria.
* Equipos o elementos ofensivos.
* Equipos para prevención de actos terroristas.
La capacitación y entrenamiento se debe proporcionar en el ramo relacionado o inherente a la actividad que se desempeña, en ningún caso podrá versar sobre organización instrucción y equipamiento a personas en tácticas, técnicas o procedimientos militares o terroristas, pena de las sanciones pertinentes.
Todos los servicios de vigilancia y seguridad privada son responsables por la capacitación profesional y entrenamiento del personal que contraten para prestar los servicios de vigilancia y seguridad privada autorizados.
Estos deberán desarrollar capacitación y entrenamiento al interior de su empresa, estableciendo un departamento de capacitación y dando cumplimiento a lo dispuesto en este decreto.
Principios, deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada
* Acatar la constitución, la ley y la ética profesional.
* Respetar los derechos fundamentales y libertades de la comunidad, absteniéndose de asumir conductas reservadas a la fuerza pública.
*Actuar de manera que se fortalezca la confianza pública en los servicios que prestan.
* Adoptar de prevención y control apropiados y suficientes, orientados a evitar que sus servicios puedan ser utilizados como instrumento para la realización de actos ilegales, en cualquier forma o para dar apariencia de legalidad a actividades delictivas o a prestar servicios a delincuentes o a personas directa o indirectamente vinculadas con el tráfico de estupefacientes o actividades delictivas.
* Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia técnica y profesional para atender sus obligaciones.
* Contribuir a la prevención del delito, reduciendo las oportunidades para las actividades criminales y desalentando la acción de los criminales, en colaboración con las autoridades de la República.
* Observar en el ejercicio de sus funciones el cumplimiento de las normas legales y procedimientos establecidos por el Gobierno Nacional, así como las órdenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
* Emplear armas de acuerdo con el uso autorizado en los respectivos permisos y abstenerse de emplear armamento hechizo o no autorizado de acuerdo con la ley.
* Emplear los equipos y elementos autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, únicamente para los fines previstos en la licencia de funcionamiento.
* Asumir actitudes disuasivas o de alerta, cuando observen la comisión de actos delictivos en los alrededores del lugar donde están prestando sus servicios, dando aviso inmediato a la autoridad, de manera que pueda impedirse o disminuirse sus efectos.
* EI personal integrante de los servicios de vigilancia y seguridad privada que tenga conocimiento de la comisión de hechos punibles durante sus servicios o fuera de él, deberá informar de inmediato a la autoridad competente y prestar toda la colaboración que requieran las autoridades.
* Prestar apoyo cuando lo soliciten las autoridades, con el fin de atender casos de calamidad pública.
* Mantener permanente actualizados los permisos, patentes, licencias, libros registros, seguros y demás requisitos que exige este decreto.
* EI personal de los servicios de vigilancia y seguridad privada en servicio deberá portar la credencial de identificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
* Salvaguardar la información confidencial que obtenga en el desarrollo de sus actividades profesionales, salvo requerimientos de las autoridades competentes.
* Desarrollar mecanismos de control interno, para prevenir que el personal del servicio de vigilancia y seguridad privada, se involucre directa o indirectamente en actividades delictivas.
* Establecer mecanismos y reglas de conductas que deberán observar representantes legales, directivos y empleados.
* Dar estricto cumplimiento a las normas que rigen las relaciones obrero- patronal y reconocer en todos los casos los salarios y prestaciones sociales legales, así como proveer a los trabajadores de la seguridad social establecida en la ley.
* Prestar el servicio con personal idóneo y entrenado con los medios adecuados según las características del servicio contratado, para prevenir y contrarrestar la acción de la delincuencia.
* No exceder la jornada laboral y reconocer las horas extras, llevar el registro correspondiente y entregar copia a los trabajadores en la forma como lo establece la ley.
* Los servicios de vigilancia y seguridad privada deben desarrollar mecanismos idóneos de supervisión y control internos que permitan prevenir y controlar actos de indisciplina del personal que presta servicios a los usuarios.
* Los servicios de vigilancia y seguridad privada serán las responsables de proporcionar o exigir al personal una capacitación y formación humana y técnica de acuerdo con las modalidades del servicio.
Abstenerse de desarrollar actividades diferentes a las establecidas en su objeto social.
ESCUELA DE CAPACITACION EN SEGURIDAD PRIVADA, PROSIN LIMITADA
SOMOS LIDERES EN CAPACITACION EN VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA CON MAS DE 10 AÑOS EN EL MUNDO DE LA SEGURIDAD EN COLOMBIA.
ESCUELA DE CAPACITACION EN SEGURIDAD PRIVADA, PROSIN LIMITADA
ESCUELA DE CAPACITACION EN SEGURIDAD PRIVADA, PROSIN LIMITADA, CERTIFICADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, REALIZARA CURSOS PARA HOMBRE Y MUJERES COMO VIGILANTE PROFESIONALES, ESCOLTAS, SUPERVISOR, MANEJADORES CANINOS - OPERADORES DE MEDIOS TECNOLOGICOS, ESPECIALIZACIONES, BANCARIA, HOSPITALARIA.
SEDE PRINCIPAL CALLE 55 Nº 43-84 MEDELLÍN (PERU CON EL PALO) TELÉFONOS 2394343 Y 2281819. “DETRÁS DE PROFAMILIA”.
Correo Electrónico prosinlimitada@hotmail.com
http://www.paginasamarillas.com/PROSIN-LTDA/517046_1_4.aspx
http://www.facebook.com/pages/Medellin-Colombia/ACADEMIA-DE-VIGILANCIA-Y-SEGURIDAD-PRIVADA-PROSIN-LTDA/344524584466
TENEMOS CAMPAÑAS PUBLICITARIAS POR TELEANTIOQUIA
REQUISITOS:
CUPO LIMITADO, APROVECHE SU DINERO E INVIRTA EN SU EDUCACION, LA OPCION DE EMPLEO ES A NIVEL NACIONAL YA QUE CONTAMOS CON UN EXCELENTE CUERPO DOCENTE.
REQUISITOS:
FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANÍA (LEGIBLE)
CERTIFICADO O DIPLOMA DE 5º DE ESCOLARIDAD COMO MINIMO PARA VIGILANTES.
LIBRATA MILITAR DE 1º O 2º CLASE
5 FOTOS TAMAÑO DOCUMENTO
PROFESIONALES Y ASIGNACIONES
Profesionales y asignaciones académicas en:
o Derecho Penal Colombiano y Procedimental, “legitima defensa, Flagrancia, Debido proceso, Circunstancias de mayor y menor punibilidad, agravación punitiva, garante por relación jurídica,
o Derecho Laboral Colombiano y procedimental, Contratos, salarios y promedios, seguridad social.
o Constitución Política
o Código de Convivencia de Antioquia
o Sociología Jurídica y orden público del país.
CURSO BASICO DE VIGILATE
o Procedimientos de Vigilancia
o Redacción de Informe
o Actuación en la escena del incidente
o Modus Operandi de la Delincuencia
o Conocimiento y empleo de equipos de Comunicaciones, uso de claves.
o Control de acceso
o Relaciones Interpersonales, Manejo del estrés, salud ocupacional y solución de conflictos.
o Técnicas de Investigación, Manejo de la Información y contrainformación.
o Análisis de riesgos, Prevención y control de Emergencias
o Primeros Auxilios
o Defensa Personal
o Características Identificación y Búsqueda de explosivos
o Identificación de métodos y acciones con explosivos
o Estudio de seguridad de Instalaciones, Conocimiento del entorno
o Prueba física Tes (Trote, flexiones y abdominales)
Hoy habia 1 visitantes (1 clics a subpáginas) ¡Aqui en esta página!
SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.
Son las actividades que en forma remunerada o en benéfico de una organización pública o privada, desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y bienes propios o de terceros.
Estos servicios solamente se podrán prestar mediante la obtención de licencio o credencial, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con potestad que le brinda el estado. Igualmente con esta misma potestad puede suspender o cancelar la licencia o credencial expedida.
Se halla sometido al decreto 356:
* Los servicios de vigilancia y seguridad privada con armas de fuego o cualquier otro medio humano, animal tecnológico o material.
* Los servicios de transporte de valores.
* Los servicios de vigilancia y seguridad de empresas u organizaciones empresariales,
publicas o privadas.
* Los servicios comunitarios de vigilancia y seguridad privada.
* Los servicios de capitacion y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada.
* Los servicios de asesoria, consultoria e investigacion en seguridad.
* La fabricacion, instalacion, comercializacion y utilizacion de equipos para vigilancia y
seguridad privada.
* Utilizacion de blindaje para vigilancia y seguridad privada.
* Los servicios de vigilancia y seguridad privada solo podran utilizar para el desarrollo
de sus actividades aquellas armas de fuego, recursos humanos, animales, tecnologicos,
materiales, vehiculos e instalaciones fisicas y cualquier otro medio autorizado por la
Superintendencia de vigilancia y Seguridad Privada.
Los Servicios de vigilancia y seguridad privada podrán autorizarse en (4) cuatro modalidades.
A. Vigilancia Fija: Es la que se presta a través de vigilantes o cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas o bienes muebles o inmuebles en un lugar determinado.
B. Vigilancia Móvil: Es la que se presta a través de vigilantes móviles o cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas bienes muebles o inmuebles en un área o sector delimitado.
C. Escolta: Es la protección que se presta a través de escoltas con armas de fuego, o de servicios de vigilancia y seguridad privada no armados a personas, vehículos, mercancías o cualquier otro objeto durante su desplazamiento.
D. Transporte de Valores: Es los servicios de vigilancia seguridad privada que se presta para transportar, custodiar y manejar valores y el desarrollo de actividades conexas.
.
OBJETIVO GENERAL PARA LOS JEFES DE OPERACIONES
Proporcionar a los cursantes los conocimientos técnicos necesarios para que puedan ejercer las funciones de Dirección de Operaciones de Seguridad Privada desde una óptica técnica y profesional.
A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO
Jefes de Operaciones de Empresas de Seguridad, Coordinadores de Seguridad de Empresas, Gerentes de Proyectos de Seguridad, Jefes de Grupo, Supervisores Generales.
MODULOS
Modulo I: Introducción a los Sistemas de Seguridad
Modulo II: Legislación Aplicada a la Seguridad Privada
Modulo III: Seguridad Física de Instalaciones
Modulo IV: Liderazgo y Mando
Modulo V: Desarrollo Humano del Hombre de Seguridad
Modulo VI: Manejo de Problemas Humanos en Dirección
Modulo VII: Administración de Servicios de Seguridad
Modulo VIII: Funciones y Responsabilidades del Jefe Operativo
Modulo IX: Planificación de Operaciones de Seguridad
Modulo X: Gestión de Sistemas de Vigilancia y Seguridad
OBJETIVO GENERAL PARA LOS SUPERVISORES
Capacitar a los alumnos de técnicas modernas de supervisión y entregarle las herramientas necesarias para que pueda desempeñarse de una manera eficiente en sus funciones como profesional de seguridad privada en su nivel de aplicación.
A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO
Supervisores de Seguridad de Compañías de Vigilancias, supervisores y coordinares de seguridad de multinacionales, petroleras, industrias, etc., así como personal de tropa de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
Modulo I: Legislación aplicada a la Seguridad Privada
Modulo II: Desarrollo Humano y Ética Profesional
Modulo III: Liderazgo y Mando
Modulo IV: Trabajo en Equipo
Modulo V: Principios de Administración y Organización
Modulo VI: El Supervisor de Seguridad
Modulo VII: Técnicas de Supervisión
Modulo VIII: Procedimientos de Supervisión
Modulo IX: Problemas Humanos de Dirección
Modulo X: Redacción de Parte de Novedades e Informes
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?